Casación bonaerense confirmó la condena al exmarido de Julieta Prandi por abuso sexual

Hubo una leve reducción de la pena. Cumplirá 18 años y seis meses de cárcel en vez de 19, como había quedado definido en el juicio oral.

El Tribunal de Casación de la provincia de Buenos Aires confirmó la condena a Claudio Contardi, exmarido de Julieta Prandi, por el abuso sexual cometido contra la modelo cuando eran pareja. Sin embargo, aplicó una leve reducción de la pena: cumplirá 18 años y seis meses de prisión en vez de 19, como se había resuelto en el juicio oral.

La decisión fue tomada por los jueces Manuel Alberto Bouchoux y María Florencia Budiño, quienes aceptaron una reducción de seis meses sobre la pena inicial que le había dado el Tribunal N°2 de Campana. Los jueces rechazaron el recurso de apelación que había planteado en agosto de 2025 el abogado de Contardi, Fernando Sicilia.

La defensa planteó, entre otras cuestiones, que se había vulnerado el derecho del imputado a ser juzgado por jurados, que no contó con una defensa eficaz por los cambios de abogados antes del debate, que los hechos estaban descriptos de manera imprecisa, que la prueba era insuficiente, que no se acreditó el dolo ni el grave daño psíquico, y que la pena era excesiva.

El Tribunal rechazó la mayoría de esos planteos. Consideró que Contardi había optado válidamente por ser juzgado por un tribunal técnico y que no podía volver sobre esa decisión luego de haberse desarrollado el juicio bajo esa modalidad. También entendió que tuvo defensa adecuada, que conoció los hechos imputados y pudo defenderse, y que no hubo afectación del principio de congruencia.

El único planteo de la defensa que prosperó parcialmente fue el referido a la determinación de la pena. En su fallo, Bouchoux consideró que el Tribunal Oral de Campana no había fundamentado de manera suficiente una de las agravantes utilizadas para llegar a los 19 años de prisión: “La actitud asumida por el imputado con posterioridad al hecho y sus características”.

Por ese motivo, propuso excluir esa agravante y reducir la condena por los hechos ocurridos de manera reiterada entre julio de 2015 y marzo de 2018, durante la relación matrimonial. Con la adhesión de Budiño, Casación fijó la pena en 18 años y 6 meses de prisión.

En tanto, Casación rechazó el pedido para reemplazar la detención por una medida menos gravosa. Al respecto, Bouchoux consideró que la condena, aunque todavía no estuviera firme, aumentaba el riesgo de fuga y que los argumentos vinculados con sus hijos, su actividad laboral y su arraigo no alcanzaban para justificar una medida alternativa.

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Fuente: Agencia DIB

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